Suscribir al newsletter:

Relaciones interinstitucionales en la Radicación del Barrio 31

1. El Estado y la Villa a través del tiempo.

Caracterizar el rol del Estado materializado a través de sus políticas públicas implica observar una serie de características que permitirán obtener, o al menos acercarnos, a una visión lo más acabada posible de la toma de posición estatal. Esta tarea se torna un tanto dificultosa cuando la posición del Estado difiere en cada una de las administraciones gubernamentales a lo largo de la historia. Para comprender la posición adoptada por los sucesivos gobiernos de nuestro país, observaremos de un modo general sin perder la rigurosidad necesaria- los diversos roles que asumió el aparato estatal con respecto a las villas de la Ciudad.

Frente al surgimiento y expansión de villas a lo largo de los años, los intentos por parte del Estado para ocuparse de este problema habitacional, oscilaron entre la erradicación, la radicación, o la completa inacción. En este sentido, resulta sumamente interesante observar las políticas públicas implementadas por el Estado reveladas desde la intervención/no-intervención en tal cuestión (Guevara, Raspall, Zapata, 2011).

Las políticas públicas se presentan como un conjunto de acciones y omisiones que exteriorizan un determinado modo de intervención del Estado en relación a una cuestión socialmente problematizada (Oszlak y O´ Donnell, 1976). Es decir que existe un problema que requiere solución y es reconocido como tal por una determinada fracción de la sociedad y cuya resolución implica un proceso de toma de decisiones que, finalmente, permiten inferir la posición del Estado frente a la cuestión.

En nuestro país, desde mediados de la década de 1950 y hasta el fin de la última dictadura militar (1983) las villas de la Ciudad fueron víctima de políticas de erradicación, siendo relocalizadas en territorios por fuera de sus límites tradicionales bajo explicaciones “técnicas” que argüían la ocupación de tierras privadas destinadas a otro usos o que se asentaban sobre espacios contaminados que acarreaban cierta peligrosidad para sus habitantes (Jauri y Yacovino, 2011). Las políticas de erradicación durante el periodo autoritario proponían como solución al problema de las villas su eliminación, sin otorgar importancia al destino de sus habitantes (Cuenya, 1997).

A partir del retorno de la democracia, el propio proceso de repoblación de las antiguas villas y la formación de otras nuevas, las constituyó gradualmente como destinatarias de las políticas de radicación por parte del Estado. Se observan, en este proceso, ciertos matices en el reconocimiento del derecho a la vivienda por parte de las agencias estatales que, en la mayoría de los casos, presentan una actitud de indiferencia y desatención hacia los sectores de menores recursos (Yacovino 2009, 2011).

Ciertos autores, sostienen que las políticas de radicación de villas son mayormente producto del reconocimiento estatal de una reivindicación histórica del movimiento villero. En el caso del Barrio 31, se observa cierta capacidad de presión de las organizaciones villeras en el diseño e implementación de las políticas sociales de las que son destinatarios. Asimismo, desde el año 1983 la implementación de las políticas habitacionales dirigidas a la villa se vieron dificultadas por la falta de consenso entre gobierno municipal y gobierno nacional quienes no lograron un trabajo conjunto, aún en momentos de coincidencia política entre ambas instancias (Cravino 2000, 2001, 2006). Se observa en las políticas de radicación, intervenciones orientadas a regularizar el proceso de urbanización mediante apertura y pavimentación de calles, desatendiendo las acciones tendientes a regularizar la tenencia de la tierra, punto que se establece como conflictivo (Arqueros y Canestraro, 2011). Si bien se buscó reconocer la producción informal del hábitat, junto con el derecho al mismo, surgieron casos como el de la villa en cuestión, en los que ese reconocimiento no fue pleno debido a que sus tierras son de alto valor económico (Martinez, 2003; Clichevsky 2003). Podemos observar, entonces, que si bien existe normativa vinculada a la regulación dominial reconociendo el derecho al espacio urbano de sus habitantes, la valorización de sus tierras y los proyectos inmobiliarios en la zona limitan el acceso habitacional (Vitale, 2009; Perea, Vitale, 2011).

Los comentarios están cerrados.